Calculadora Modelo 130 — Pago Fraccionado Autónomo

Calcula el pago trimestral anticipado del IRPF (Modelo 130) para autónomos en estimación directa.

Datos de entrada

Total invoiced income (excl. IVA) in this quarter.

RETA quota + office + phone + materials + other deductible costs (excl. IVA).

Sum of Modelo 130 payments made in Q1 and/or Q2 of this year.

Your 3 months of RETA payments. Only fill if you chose 'Add RETA separately' above.

Los resultados se actualizan mientras escribes y la barra de direcciones guarda tus cifras, de modo que el enlace que compartas reabre este mismo cálculo.

Modelo 130 amount to pay

1200 €

Resultados detallados
Net quarterly profit6000 €
20% advance payment (before prior)1200 €
Projected annual net profit24.000 €
Projected annual IRPF advanceProjection: assumes same profit each quarter4800 €

Qué significa este resultado

Modelo 130 amount to pay: 1200 €.

On €6000 quarterly profit, you owe €1200.00 to AEAT via Modelo 130.

Cómo se calcula

Beneficio neto = Ingresos trimestrales − Gastos deducibles (incl. RETA)
Pago bruto = Beneficio neto × 20%
Modelo 130 = máx(0, Pago bruto − Pagos previos del año)

Modelo 130 — Pago fraccionado trimestral del IRPF

Los autónomos en estimación directa deben ingresar el 20% del beneficio neto trimestral a la AEAT como pago anticipado del IRPF anual. Este es el Modelo 130.

¿Qué es deducible?

Todos los gastos directamente relacionados con tu actividad profesional: - Cuota RETA de la Seguridad Social - Alquiler del local u oficina (o proporción del domicilio) - Suministros, materiales, mercaderías - Servicios profesionales (gestor, abogado) - Teléfono e internet (proporción de uso profesional) - Vehículo (proporción de uso profesional) - Amortización de equipos profesionales

Importante: los gastos deben estar justificados con factura.

Plazos de presentación

  • 1T (ene–mar): 1 al 20 de abril
  • 2T (abr–jun): 1 al 20 de julio
  • 3T (jul–sep): 1 al 20 de octubre
  • 4T (oct–dic): 1 al 30 de enero (año siguiente)

Supuestos

  • Aplicable a autónomos en estimación directa (normal o simplificada). No aplica a módulos (estimación objetiva).
  • Tipo del 20% según el Art. 110 LIRPF — no varía para 2025.
  • Los gastos deducibles deben estar relacionados con la actividad profesional y disponer de factura.
  • La proyección anual asume el mismo beneficio en los 4 trimestres; el beneficio real puede variar.
  • No incluye las retenciones practicadas en tus facturas, que también reducen el pago fraccionado.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el Modelo 130?

El Modelo 130 es el formulario con el que los autónomos en estimación directa realizan pagos trimestrales anticipados del IRPF. El importe es el 20% del beneficio neto trimestral (ingresos menos gastos deducibles), descontando los pagos ya realizados ese año.

¿Puede salir el Modelo 130 a cero?

Sí. Si los pagos acumulados del año ya cubren el 20% del beneficio neto acumulado, el resultado es 0 €. Esto es frecuente en el 4T cuando los trimestres anteriores fueron elevados. Aun así, debes presentar el Modelo 130 aunque el importe sea cero.

¿Es deducible la cuota de autónomo (RETA) en el Modelo 130?

Sí. La cuota RETA es un gasto profesional deducible que reduce el beneficio neto antes de aplicar el 20%. Asegúrate de incluirla en tus gastos trimestrales.

¿Qué ocurre si tengo pérdidas en un trimestre?

Si el beneficio neto es cero o negativo, el Modelo 130 es de 0 €. Las pérdidas de un trimestre pueden compensar beneficios de trimestres posteriores dentro del mismo año, pero no se trasladan al año siguiente en el Modelo 130.

¿Qué pasa en la declaración anual de la Renta?

Los pagos del Modelo 130 se descuentan de tu cuota de IRPF en la Declaración de la Renta anual. Si pagaste de más, Hacienda te devuelve la diferencia. Si pagaste de menos, pagas el resto.

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Última revisión y fuentes

Las cifras legales pendientes de verificación usan actualmente valores provisionales de cero.